La equiparación fiscal de no residentes en Gipuzkoa: una nueva realidad para propietarios
Si tienes un inmueble en Gipuzkoa y no resides fiscalmente en el territorio, conviene detenerse un momento.
La normativa fiscal que se aplica a los no residentes ha cambiado, y lo ha hecho de forma relevante.
Un cambio que afecta a la forma en la que se declaran los alquileres, las ventas y, sobre todo, a las deducciones que pueden aplicarse.
Hasta ahora, los propietarios no residentes tributaban conforme a la normativa estatal. En muchos casos, este marco resultaba más ventajoso que el foral, especialmente en materia de deducción de gastos. Esto se notaba de forma clara en los alquileres, y de manera muy especial en los alquileres turísticos, donde el abanico de gastos deducibles era considerablemente más amplio que en la vivienda habitual.
Con la entrada en vigor de la Norma Foral 2/2025, que adapta la normativa tributaria al nuevo Concierto Económico, esta situación cambia. A partir de ahora, la normativa foral de Gipuzkoa se aplica también a los no residentes. Dicho de otro modo, se produce una equiparación fiscal entre residentes y no residentes, poniendo fin al tratamiento diferenciado que existía hasta la fecha.
QUÉ CAMBIA CON LA NUEVA NORMATIVA
La principal consecuencia de esta modificación es la uniformidad normativa. Todos los contribuyentes, con independencia de dónde residan fiscalmente, quedan sujetos a las mismas reglas cuando obtienen rendimientos inmobiliarios en Gipuzkoa o transmiten un inmueble situado en el territorio.
El tipo impositivo aplicable no se modifica. La tributación porcentual sigue siendo la misma, pero sí cambia el marco en el que se determinan los gastos deducibles y las condiciones para su aplicación. Esto es clave, porque en la práctica es ahí donde se produce el mayor impacto económico para los propietarios.
Además, la Hacienda Foral de Gipuzkoa pasa a tener competencia plena en materia de inspección y recaudación sobre todos los contribuyentes, incluidos los no residentes. El control fiscal se unifica y se aplica de manera homogénea.
DEDUCCIONES SEGÚN EL TIPO DE ALQUILER
La normativa foral distingue de forma clara entre los distintos tipos de alquiler, y esta diferenciación tiene efectos directos en la tributación.
- En el caso del alquiler turístico, la normativa permite deducir prácticamente la totalidad de los gastos asociados al inmueble. Esto incluye, entre otros, gastos de mantenimiento, suministros, amortización o servicios necesarios para el desarrollo de la actividad.
- En cambio, cuando se trata de alquiler de vivienda habitual, las deducciones están más limitadas. Solo pueden deducirse aquellos gastos estrictamente vinculados a la conservación, reparación o financiación del inmueble. Otros gastos habituales quedan fuera del cálculo.
Este escenario abre una reflexión que muchos propietarios ya están planteando.
La equiparación de la normativa para no residentes puede hacer que algunos se planteen modificar el tipo de alquiler, valorando el paso al alquiler turístico para poder aplicar un mayor número de deducciones. Se trata de una decisión que no es solo fiscal y que debe analizarse con cuidado, teniendo en cuenta también la normativa sectorial y municipal aplicable.
UNA POSIBLE TENDENCIA MÁS ALLÁ DE GIPUZKOA
El movimiento realizado por Gipuzkoa no es aislado. Al igual que ha ocurrido con otras adaptaciones al Concierto Económico, es razonable pensar que otros territorios del País Vasco puedan avanzar en la misma dirección. Incluso podría extenderse, con el tiempo, a otras comunidades autónomas.
Este proceso apunta a una tendencia hacia una mayor uniformidad fiscal, eliminando las ventajas históricas de los no residentes y obligando a replantear estrategias de inversión inmobiliaria, especialmente en zonas fronterizas o con alta presencia de propietarios no residentes.
CONSEJOS PRÁCTICOS PARA PROPIETARIOS NO RESIDENTES
Ante este nuevo escenario, hay varias recomendaciones básicas que conviene tener en cuenta.
- En primer lugar, revisar la situación fiscal de cada inmueble a la luz de la normativa foral vigente. Lo que antes era eficiente puede haber dejado de serlo.
- También resulta aconsejable analizar con detalle el tipo de alquiler y sus implicaciones fiscales reales, más allá de la intuición inicial.
- Y, como siempre, mantener una documentación completa y ordenada. Facturas, contratos y justificantes siguen siendo esenciales para poder aplicar correctamente las deducciones.
Desde Pagoa Consultoras acompañamos a propietarios residentes y no residentes en el análisis de este tipo de cambios.
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